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La nueva era de las homologaciones: por qué el Conjunto Funcional va a revolucionar las reformas de vehículos

En CIMALab® estamos de enhorabuena.

Ya estamos autorizados para tramitar Conjuntos Funcionales, convirtiéndonos en uno de los pocos Servicios Técnicos en España en conseguir esta autorización.

Este nuevo paso nos permite ofrecer a fabricantes y talleres un servicio más rápido, seguro y exclusivo para la legalización de reformas de vehículos.


¿Qué es un conjunto funcional y quién puede solicitarlo?

Según el RD 866/2010, un conjunto funcional es un conjunto de sistemas, partes o piezas autorizado por la autoridad de homologación, destinado a cumplir una función determinada en uno o varios vehículos del mismo o de diferentes tipos o categorías.

Si te preguntas qué es un conjunto funcional y por qué cada vez tendrá más peso en el sector, la respuesta está en su capacidad para agilizar procesos y reducir costes manteniendo todas las garantías técnicas y legales.

Ten en cuenta que un Conjunto Funcional solo puede ser solicitado por un fabricante o por un distribuidor oficial autorizado.

Qué legalizar mediante Conjunto Funcional

Gracias a nuestra acreditación 17025 de ENAC, en CIMALab® podemos tramitar Conjuntos Funcionales para una amplia variedad de modificaciones, entre las que destacan:

  • Instalación de asientos en vehículos y camperizaciones completas, incluyendo el paso de furgón a autocaravana.
  • Instalación de alerones y dispositivos para soporte de carga (con Masa Máxima Remolcable MMR = 0).
  • Instalación de plataformas elevadoras traseras en furgones.
  • Adaptaciones de vehículos para personas con movilidad reducida (PMR).
  • Instalación de mamparas de separación de carga.

Imprescindibles para asientos en vehículos vivienda

La instalación de asientos no originales en vehículos vivienda cambia por completo con esta nueva vía de legalización.

A partir de ahora, la única forma de legalizar este tipo de instalaciones será mediante un conjunto funcional. En CIMALab® ya estamos preparados para ayudarte a homologar un conjunto funcional de forma ágil, segura y conforme a la normativa vigente.

CIMALab®: tu partner estratégico en homologaciones

Como uno de los pocos servicios técnicos autorizados para realizar estas gestiones en España, en CIMALab® estamos preparados para asesorarte y tramitar tu conjunto funcional de forma rápida, segura y eficiente.

Si eres fabricante de segunda fase, distribuidor oficial o taller de camperización, esta nueva vía de legalización te permitirá ofrecer a tus clientes un servicio más ágil y exclusivo.

¿Hablamos?

Contacta con nuestro equipo técnico y descubre cómo podemos ayudarte a impulsar tus homologaciones.

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¿No pudiste pasar tu furgón vivienda a autocaravana por culpa de las emisiones? Ahora podrás

Hasta hace poco, muchos propietarios de furgones vivienda se encontraron con un muro: no podían homologar su vehículo como autocaravana debido a las restricciones de emisiones impuestas por la normativa Euro 6. Vehículos perfectamente equipados y en buen estado quedaron bloqueados por límites que no dependían de la camperización en sí, sino del tipo de homologación del vehículo base.

Pero eso acaba de cambiar.

Con las nuevas interpretaciones del Código de Reforma 8.70, ahora puedes transformar tu furgón vivienda en autocaravana de forma totalmente legal y, además, disfrutar de ventajas muy claras: menos ITV, más velocidad y todo ello sin los problemas de emisiones que antes te lo impedían.


El problema: las emisiones y la categoría N1

Un furgón vivienda se homologa bajo la categoría N1 (vehículos de transporte de mercancías). Esta categoría está sujeta unos los límites de emisiones diferentes, lo que ha dificultado —o incluso imposibilitado— el cambio de categoría a autocaravana. Éstas pertenecen a una categoría distinta (M1, vehículo para transporte de personas), y eso las sitúa fuera del alcance de gran parte de las restricciones medioambientales que afectan a los N1.

La buena noticia: de Furgón Vivienda a Autocaravana, fácil y sencillo

Según los últimos acuerdos del Grupo de Trabajo de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME, el Código de Reforma 8.70 permite aplicar un nivel 2 en la transformación a autocaravana para los furgones vivienda que ya cumplan los requisitos exigidos en el Reglamento General de Vehículos.

¿Qué significa esto en la práctica? Que si tu furgón vivienda cuenta con:

  • Asientos y mesa,
  • Camas o literas convertibles en asientos,
  • Cocina,
  • Armarios o muebles similares

…entonces ya puedes legalizarlo como autocaravana. Siempre que esas reformas estén anotadas en la Ficha Técnica no necesitarás modificar el vehículo: bastará con tramitar el cambio de categoría en CIMALab®.

¿Y si las reformas no están anotadas en Ficha?

No te preocupes: si no están anotadas explícitamente en tu Tarjeta ITV , también podremos ayudarte:

  • Si contamos con evidencias suficientes para demostrar que el equipamiento que tiene tu vehículo actualmente es el que se montó cuando se legalizó como Furgón Vivienda, no sería necesario realizar modificaciones en el furgón.
  • En cualquier otro supuesto, deberás realizar las modificaciones necesarias a tu vehículo para completar los requisitos necesarios de Autocaravana.

Coméntanos tu situación sin compromiso. Juntos encontraremos el procedimiento que mejor se adapte a tu caso.

camper autocaravana

¿Por qué homologar ahora tu furgón vivienda como autocaravana?

1. Menos ITV, más libertad

Una vez transformado en autocaravana, tu vehículo pasa a tener una frecuencia de ITV mucho más cómoda:

  • Los primeros 4 años: exento.
  • De 4 a 10 años: bienal.
  • Más de 10 años: anual.

2. Evita multas por velocidad

Podrás circular hasta a 120 km/h en autopistas y autovías —igual que cualquier turismo—, frente a los 90 km/h limitados de los furgones vivienda.

3. Mayor valor y seguridad jurídica

Una autocaravana homologada tiene más valor en el mercado y un marco legal más estable. Si alguna vez vendes tu vehículo o viajas fuera de España, te resultará mucho más sencillo demostrar que cumple la normativa vigente.


Es en momento de pasar a Autocaravana

Si te quedaste fuera por culpa de las emisiones, ahora es el momento de dar el paso. Gracias al nuevo marco legal, puedes transformar tu furgón vivienda en autocaravana sin complicaciones y disfrutar de todas sus ventajas.

En CIMALab® te acompañaremos durante todo el proceso: desde la valoración inicial hasta el Informe de Conformidad necesario para la homologación final.

Contáctanos

Las emisiones ya no son un obstáculo. Si en su día no pudiste transformar homologar tu furgón vivienda a autocaravana, ahora sí puedes hacerlo. Disfruta de menos ITV, más velocidad y la tranquilidad de tener todo en regla.

¿Tienes dudas sobre si tu vehículo puede transformarse? Solicita tu transformación de furgón vivienda a autocaravana , y te diremos qué necesitas para dar el paso.

furgon
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Convierte tu furgón vivienda en autocaravana: menos ITV, más libertad

Artículo actualizado: 07/11/2025

Si tienes un furgón vivienda o estás pensando en camperizar tu vehículo, hay buenas noticias.
El Grupo de Trabajo de la Conferencia Sectorial de Industria y PYME ha aprobado recientemente una actualización del Código de Reforma 8.70, que afecta directamente a los vehículos transformados en autocaravanas, fúnebres o blindados.

Esto supone un cambio importante para miles de propietarios de furgones vivienda, categoría N1, ya que podrán beneficiarse de condiciones más favorables en la ITV y en las limitaciones de velocidad.

¿Qué cambia exactamente para los furgones vivienda?

Los furgones vivienda (2448) deben cumplir un calendario de ITV más exigente y circular con limitaciones de velocidad más estrictas.
Con la nueva interpretación del Código de Reforma 8.70, si tu vehículo cumple unos requisitos mínimos de equipamiento, podrás transformarlo en autocaravana y disfrutar de las ventajas que esto supone:

Ventajas principales:

La siguiente tabla resume de forma clara los cambios en la frecuencia de la ITV y en los límites de velocidad que se aplican a cada tipo de vehículo, y lo cierto es que el cambio supone grandes ventajas::

Características Furgón vivienda (N1) Autocaravana (≤ 3.500 kg)
ITV Hasta 2 años: Exento
De 2 a 6 años: Bienal
De 6 a 10 años: Anual
Más de 10 años: Semestral
Hasta 4 años: Exento
Más de 4 años: Bienal
Más de 10 años: Anual
Velocidad máxima Autopistas y autovías: 90 km/h
Carreteras con arcén ≥ 1,5 m: 80 km/h
Carreteras con arcén < 1,5 m: 70 km/h
Vías urbanas: 50 km/h
Autopistas y autovías: 120 km/h
Carreteras convencionales: 90 km/h
Vías urbanas: 50 km/h

¿Qué requisitos debe cumplir tu furgón vivienda?

Tu vehículo puede optar a esta mejora si dispone de los siguientes elementos indicados en el Reglamento General de Vehículos:

  • Asientos y mesa.
  • Camas o literas que puedan convertirse en asientos.
  • Cocina.
  • Armarios o muebles similares.

Si tu camper ya tiene este equipamiento reflejado en la ficha técnica, probablemente cumple los requisitos necesarios para realizar el cambio a Autocaravana: sólo tienes que realizar un sencillo trámite. Pregúntanos sin compromiso

AUTOCARAVANA FURGON

¿Qué pasa si no tengo esos elementos anotados en la Ficha?

En este caso, si podemos demostrar que el mobiliario que tiene tu vehículo actualmente es el que se montó cuando se legalizó como Furgón Vivienda, no sería necesario realizar modificaciones en el furgón. Consúltanos como homologarlo.


En cualquier otro supuesto, deberás realizar las modificaciones necesarias a tu vehículo para completar los requisitos necesarios de Autocaravana. Consúltanos como homologarlo.


Una vez anotadas estas reformas en tu Ficha Técnica, tu furgón vivienda pasará a considerarse autocaravana, con todas las ventajas que ello conlleva.

¿Estás harto de pasar la ITV cada seis meses y circular a 90 km/h?

Tenemos la solución.
Consúltanos sin compromiso y te asesoraremos. Tu camper puede ganar libertad, comodidad y seguridad en carretera.

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